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20 de julio, 2026 - 11h22
El cantón Catamayo ha sido declarado oficialmente como Polo de Desarrollo Productivo por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones (MPCEIP). La medida busca potenciar las capacidades productivas locales, dinamizar la economía regional, generar empleo y atraer inversiones hacia los sectores vinculados al proyecto, según estipula el Acuerdo Ministerial Nro. MPCEI-MPCEI-2026-0038-A, publicado en el Registro Oficial Nro. 329 este lunes 20 de julio de 2026.
La declaratoria fue gestionada por el Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) Municipal de Catamayo, basándose en una iniciativa de la empresa Godoy Aceite y Energía Goacen. Esta compañía, dedicada principalmente al manejo y reciclaje de neumáticos usados, operará como la “empresa ancla” del proyecto, el cual estará asentado en la parroquia San Pedro de la Bendita.
Un segundo intento tras una promesa incumplida
Esta no es la primera vez que Catamayo recibe esta distinción industrial. En febrero de 2020, el entonces Ministerio de Producción declaró al cantón como “Polo de Desarrollo Industrial” para viabilizar la instalación de una planta de refinamiento de lubricantes usados a diésel, un proyecto a cargo de la firma china Jinlin Haijian Engineering and Design.
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Sin embargo, la alcaldesa de Catamayo, Janet Guerrero, señaló que la empresa china nunca inició actividades en el cantón. Ante este abandono, y con el objetivo de no perder un espacio territorialmente zonificado y con un alto potencial productivo, el GAD Municipal reactivó las gestiones para incorporar a Godoy Aceite y Energía Goacen como el nuevo motor del proyecto.
Control y próximos pasos
Para garantizar el éxito de este nuevo intento, el Artículo 2 del Acuerdo Ministerial dispone que la Subsecretaría de Competitividad del MPCEIP —a través de la Dirección de Mecanismos de Desarrollo Productivo Territorial— se encargará del monitoreo, seguimiento y verificación del cumplimiento de los objetivos y parámetros de la declaratoria.
Asimismo, la normativa establece como disposición única que el patrocinador del proyecto dispone de un término de 30 días para notificar oficialmente la designación del Gestor del Polo de Desarrollo, junto con sus respectivos datos de contacto, para dar luz verde a las operaciones. (I)