El Ministerio de Salud y seis instituciones públicas suscribieron el manual y tienen nueve meses para socializar y capacitar al personal y a la población
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26 de julio, 2026 - 12h54
El Ecuador, desde el 23 de julio de 2026, cuenta con un Manual para la Primera Intervención en Intentos de Suicidio, un instrumento técnico suscrito por siete instituciones del Estado y liderado por el Ministerio de Salud Pública (MSP).
El acuerdo, publicado en el Suplemento N.º 332 del Registro Oficial, reúne 93 páginas de lineamientos orientados a estandarizar la respuesta de los equipos de primera intervención frente a personas en crisis emocional o con conducta suicida. Su objetivo es fortalecer la actuación de los organismos de emergencia mediante protocolos y herramientas prácticas para la atención inicial.
Entre sus contenidos se incluyen procedimientos de primeros auxilios psicológicos, estrategias de persuasión y contención física, mecanismos de comunicación adaptados a grupos con necesidades específicas y criterios para la derivación oportuna a los servicios de atención médica.
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De acuerdo con la información oficial incluida en el manual, en Ecuador más de 1.000 personas mueren por suicidio cada año. Entre 2020 y 2023 se registraron 4.689 fallecimientos por esta causa. Además, el documento señala que las tasas más altas de mortalidad se concentran en hombres adultos mayores y en mujeres adolescentes.
No todos los intentos de suicidio terminan en una muerte. En muchos casos, la intervención oportuna de policías, agentes de tránsito, bomberos, paramédicos, rescatistas o incluso de transeúntes permite evitar un desenlace fatal. Quienes llegan primero a la escena desempeñan un papel decisivo, ya que su actuación puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte.
Frente a esta realidad, las siete instituciones que suscribieron el manual consideran indispensable que los primeros respondientes y los equipos de primera respuesta cuenten con herramientas claras, prácticas y sustentadas en evidencia científica para intervenir de manera segura, coordinada y eficaz ante una persona en riesgo suicida.
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En manual se incluye las pautas y recomendaciones para la primera intervención, entre ellas constan:
- Mantener la calma, es fundamental que mantenga la calma en todo momento. Esto ayuda a transmitir tranquilidad a la personas en crisis y a manejar la situación de manera efectiva.
- Evaluar la situación, determinar rápidamente la gravedad de la situación, revisar que la escena sea segura y comunicar al servicio de emergencia.
- Establecer comunicación, iniciar una conversación con la persona en crisis de manera calmada y respetuosa. Debe presentarse y expresar que puede ayudar ante la situación.
- Ayudar con calidez, mantener contacto visual relajado, un tono de voz suave, con expresión facial que muestre interés, gestos abiertos y acogedores.
- Brindar apoyo emocional, mostrar comprensión y empatía pueda ayudar a la persona a sentirse escuchada y comprendida.
- Cómo preguntar, usar preguntas abiertas para hacer que la persona siga hablando, ya que esto aporta al alivio emocional.
- Evitar confrontaciones, es crucial no confrontar ni desafiar a la persona en crisis, por ello, el primer respondiente debe ser paciente y comprensivo.
- Proporcionar información y opciones, informar a la persona sobre las opciones de ayuda disponibles y ofrecer acompañamiento para buscar ayuda profesional.
Suscribieron el manual los titulares del Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Defensa Nacional, Ministerio del Interior, Ministerio de Infraestructura y Transporte, Secretaría Nacional de Riesgos, Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y el Servicio Integrado de Seguridad ECU-911, quienes deberán publicar el manual en los portales digitales institucionales.
La disposición transitoria del acuerdo otorga un plazo de nueve meses contados a partir del 23 de julio de 2026, para que las instituciones que suscribieron el documento, de forma coordinada, socialicen y capaciten en el uso del manual, a los equipos de respuesta, sus funcionarios y a la población en general.
En un término de 180 días, la Policía Nacional tendrá que desarrollar los protocolos de actuación interinstitucional para aquellos casos de intento de suicidios en los que la persona se encuentre armada o represente una amenaza a la integridad de los intervinientes. (I)