El Fondo de Asistencia Laboral arranca en noviembre: qué deben hacer las empresas para evitar sanciones de ARCA

2026/10/16

El Fondo de Asistencia Laboral (FAL), uno de los mecanismos contemplados en la ley de modernización laboral conseguida por el gobierno de Javier Milei, tiene previsto comenzar a funcionar en noviembre de 2026. Las empresas deberán definir con qué entidad administrarán los recursos destinados al pago de indemnizaciones y completar una serie de trámites para evitar que la Comisión Nacional de Valores (CNV) les asigne un administrador de oficio.

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En su newsletter, titulado “FAL: la cuenta regresiva ya empezó”, Nunes & Asociados recordó que ya fueron publicados el Decreto 408/2026, la Resolución General 1167 de la CNV y la Resolución General 5907/2026 de ARCA, que establece cómo declarar y pagar las contribuciones. Sin embargo, todavía resta la reglamentación de la Secretaría de Trabajo sobre cobertura mínima, suspensión de aportes y cierre de cuentas.

Pese a esa normativa pendiente, el estudio consideró que “el FAL debería entrar en vigencia con las contribuciones del período noviembre 2026, que se declaran y pagan en diciembre”. No obstante, aclaró que el cronograma podría modificarse si el Gobierno publica un nuevo decreto que postergue su implementación.

ARCA

Cómo funcionará el FAL y qué deben hacer las empresas para evitar sanciones

El FAL “es una cuenta individual del empleador, administrada por una entidad habilitada por la CNV”, explicó Nunes & Asociados. El mecanismo permitirá acumular recursos para afrontar indemnizaciones y acuerdos de desvinculación de trabajadores registrados con más de 12 meses de antigüedad. Las contribuciones serán del 2,5% de la masa salarial para las MiPyMEs con certificado vigente y del 1% para el resto de los empleadores privados, sin representar un costo adicional, ya que se descontarán de las contribuciones patronales existentes.

El fondo tendrá “seis meses de carencia”, por lo que podrá utilizarse después de medio año de aportes efectivos y consecutivos. Además, sus rendimientos estarán exentos del impuesto a las Ganancias y sus movimientos, del impuesto al cheque. Sin embargo, no cubrirá las sumas correspondientes a la liquidación final ni la incidencia proporcional de conceptos salariales no registrados.

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Por su parte, Wise Capital detalló que el FAL también podrá utilizarse para afrontar obligaciones derivadas de incapacidad, fuerza mayor, quiebra, fallecimiento del trabajador y finalización de contratos a plazo fijo. En cambio, no será aplicable a jubilaciones, renuncias voluntarias —salvo determinados acuerdos— ni a trabajadores de la construcción y del servicio doméstico.

En cuanto a la administración de los recursos, explicaron que podrán invertirse en títulos del Estado nacional, bonos provinciales, obligaciones negociables emitidas en la Argentina y depósitos a plazo fijo, pero no en acciones, CEDEAR ni derivados financieros. Además, los fondos deberán mantener un mínimo del 10% de liquidez y las empresas podrán cambiar de administradora, aunque deberán respetar un plazo mínimo de seis meses cuando el traslado sea entre entidades diferentes.

Por su parte, Enrique Basabe Picasso, director de Legales & Compliance de Mills Capital, explicó que, si bien los aportes al FAL son obligatorios, la utilización de los recursos acumulados es voluntaria. Esto significa que, ante una indemnización, las empresas podrán optar entre utilizar el dinero del fondo o afrontar el pago con recursos propios.

Acuerdo

Además, Picasso destacó que el esquema permite realizar aportes voluntarios por encima del mínimo exigido, con el objetivo de incrementar el capital disponible para futuras contingencias laborales. “La política de inversión y liquidez dependerá de las características de cada empresa y, en particular, de su nivel de rotación”, señaló, al explicar que las necesidades financieras pueden variar según el sector y la frecuencia de desvinculaciones.

Uno de los principales riesgos aparece cuando una empresa no selecciona a tiempo su entidad administradora. “Sin un ID FAL válido, ARCA retiene la contribución sin imputarla y puede aplicar sanciones formales”, advirtió Nunes & Asociados. Además, explicó que, transcurrido un mes sin regularizar la situación, “la CNV le asigna una entidad, sin su consentimiento”. Por ese motivo, recomendó abrir la cuenta durante octubre y validar el identificador correspondiente antes de presentar la declaración jurada de noviembre.

El impacto del FAL en el empleo y los trámites que deberán realizar las empresas

Más allá de su implementación, el impacto del FAL sobre la creación de empleo todavía genera interrogantes. Desde la consultora LCG señalaron que el mecanismo “pretende aceitar las relaciones laborales, cubriendo parte de las indemnizaciones con fondos de ANSES”. Sin embargo, advirtieron que “es difícil estimar el impacto que esta flexibilización pueda tener en la contratación de nuevos trabajadores” y descartaron que sus efectos sean inmediatos.

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En ese sentido, LCG consideró que las modificaciones “parecen insuficientes para compensar el impacto de la menor actividad y sustitución de importaciones en sectores intensivos en mano de obra”. De esta manera, la consultora puso en duda que el nuevo esquema de cobertura de indemnizaciones alcance, por sí solo, para impulsar una recuperación de las contrataciones.

Por su parte, desde la consultora financiera Cohen profundizó en la Resolución General 5907/2026 de ARCA, donde se estableció las obligaciones operativas para los empleadores. Antes del primer pago, deberán identificarse como empresas del sector privado o público en Simplificación Registral, verificar la alícuota correspondiente, abrir una cuenta en una entidad habilitada y registrar el ID FAL junto con su CBU.

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Por último, las empresas deberán utilizar la versión 48 del formulario 931 de Declaración en Línea, donde la contribución al FAL se calculará y descontará automáticamente de las contribuciones patronales. El pago se realizará mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP), con el mismo vencimiento que las restantes cargas sociales, y las demoras generarán intereses. Posteriormente, ARCA transferirá los fondos a la cuenta asociada al ID FAL vigente.

GZ / EM