El Gobierno exigirá que los proyectos de alto consumo eléctrico aporten su propia energía

2026/09/25

La medida dispuso que los consumos de gran escala ingresen “de manera ordenada, con su propia oferta de energía y de potencia”. REUTERS/Jon Nazca/Foto de archivo

La medida dispuso que los consumos de gran escala ingresen “de manera ordenada, con su propia oferta de energía y de potencia”. REUTERS/Jon Nazca/Foto de archivo

La Secretaría de Energía de la Nación dispuso un régimen para que los grandes proyectos eléctricos aseguren su propio abastecimiento de energía y potencia, con exigencias para iniciativas como centros de datos, emprendimientos mineros y ampliaciones de demanda.

La medida quedó establecida en la Resolución 264/2026, que creó el Régimen de Demandas Extratendenciales (XDEM) en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). Según el comunicado oficial, la meta es que los consumos de gran escala ingresen “de manera ordenada, con su propia oferta de energía y de potencia”.

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El organismo indicó que ese esquema apunta a evitar que los nuevos proyectos “comprometan la seguridad del suministro del resto de los usuarios”.

El régimen alcanzará a las nuevas demandas y a las ampliaciones que representen al menos el 0,5% de la demanda media del MEM. De acuerdo con la Secretaría, ese umbral equivale actualmente a unos 80 MW.

Los desarrolladores podrán seleccionar la tecnología y el proveedor con los que cubrirán su demanda, incluida la generación propia instalada en el punto de conexión. El requisito es que los proyectos cuenten con “su propia oferta de energía y de potencia”.

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Además, cada iniciativa deberá contratar generación nueva para cubrir “al menos el 80% de su consumo mensual” y acreditar potencia firme por el 100% de su demanda máxima.

Los centros de datos tendrán una exigencia superior. Por su consumo continuo y la sensibilidad de sus operaciones ante cortes, deberán contar con potencia firme equivalente al 115% de su demanda máxima.

El comunicado señala que, si hubiera una falta de oferta de energía, se priorizará el suministro de los usuarios ya conectados. La Secretaría sostuvo que los hogares, comercios, pymes e industrias “ya forman parte del sistema” y tendrán preferencia frente a grandes demandas sin respaldo suficiente.

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En esa línea, el texto oficial afirma que la medida busca que el ingreso de proyectos de alta demanda “no consuma la reserva que hoy garantiza el abastecimiento”.

La Resolución 264/2026 amplía el criterio de la Resolución 400/2025, que había establecido la necesidad de respaldo físico propio para nuevas grandes demandas. El nuevo régimen también abarca proyectos conectados por distribuidoras y ampliaciones de consumos existentes.

Para el Gobierno, los proyectos deberán ingresar al sistema “sin trasladar costos al resto de los usuarios” mediante las facturas eléctricas. El comunicado concluye que cada gran iniciativa deberá abastecerse “a su propio riesgo”.

La resolución de la Secretaría de Energía fija exigencias para los data centers
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En sus fundamentos, la Resolución 264 advierte que “cuando múltiples solicitudes de acceso concurran sobre una capacidad de transporte limitada, resulta necesario evitar la inmovilización especulativa de capacidad y priorizar proyectos con grado suficiente de madurez y cumplimiento”. Por ese motivo, “corresponde establecer un cargo de reserva de capacidad que refleje el costo de oportunidad de su indisponibilidad temporal y genere incentivos efectivos para el cumplimiento de los cronogramas comprometidos”.

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La medida, conocida hoy, modifica el artículo 13 de la Resolución 400/2025, que quedará redactado de la siguiente manera: “Toda nueva demanda o ampliación de demanda que solicite su incorporación al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) y represente un incremento relativo que exceda en al menos un CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5%) de la demanda media del MEM será considerada Demanda Extratendencial (XDEM), con independencia de que su vinculación al SADI se efectúe mediante instalaciones de transporte o de distribución. Deberá acompañar a su solicitud la presentación de un Plan Especial de Abastecimiento que asegure: (i) al menos un OCHENTA POR CIENTO (80%) de nueva producción de energía; y (ii) respaldo físico de potencia suficiente para cubrir al menos el CIEN POR CIENTO (100%) de su consumo en caso de tratarse de un emprendimiento de Producción y el CIENTO QUINCE POR CIENTO (115%) en caso de tratarse de un emprendimiento de Datos. Dichos respaldos deberán efectuarse con nueva potencia firme y encuadrarse en el Plan Especial de Abastecimiento”.