
El Gobierno nacional aprobó los modelos de garantía y contragarantía correspondientes a un financiamiento de hasta 280 millones de dólares del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) destinado a un programa de infraestructura vial en Entre Ríos. La iniciativa tiene como objetivo contribuir al desarrollo de las cadenas productivas agropecuarias provinciales mediante mejoras en la red de caminos.
El programa buscará mejorar de manera sostenible la accesibilidad y las condiciones de circulación en la red vial provincial, a través de un esquema que contempla ingeniería, obras, inspección y compensaciones socioambientales. A su vez, prevé fortalecer las capacidades institucionales de la Provincia para gestionar su infraestructura vial.
PUBLICIDAD
La operación quedó formalizada mediante el Decreto 1104/2026, publicado en el Boletín Oficial, que aprobó los modelos contractuales necesarios para respaldar el préstamo BID N° 6142/OC-AR correspondiente al Programa de Infraestructura Vial Sostenible para el Desarrollo Productivo de Entre Ríos (PIVS-ER).
El financiamiento será otorgado por el BID a la Provincia con recursos de su capital ordinario y tendrá como condición que la República Argentina garantice las obligaciones financieras asumidas por la jurisdicción. El Anexo I establece que Nación actuará como fiador solidario de compromisos como el pago del capital, intereses y otras cargas financieras vinculadas al préstamo.
La garantía nacional no implica un compromiso de aportar recursos adicionales para la ejecución del programa y permanecerá vigente hasta que se cumplan íntegramente las obligaciones de pago correspondientes al préstamo.
PUBLICIDAD
Antes de avanzar con la operación, la Oficina Nacional de Crédito Público informó que no tenía objeciones al financiamiento, al considerar que su costo financiero, sobre la base de la información disponible y los supuestos utilizados, es inferior al que la República podría obtener en el mercado. Por su parte, el Banco Central evaluó que la dimensión de la operación tendrá un impacto limitado en términos macroeconómicos sobre los flujos de la balanza de pagos.

En paralelo, el decreto aprobó un modelo de contragarantía entre la Nación y la Provincia. Mediante este instrumento, la jurisdicción deberá afrontar los compromisos derivados del financiamiento en los plazos establecidos. El documento reafirma que el préstamo, por hasta 280 millones de dólares, estará destinado íntegramente al programa vial y que su objetivo general será contribuir al desarrollo de las cadenas productivas agropecuarias.
PUBLICIDAD
En caso de incumplimiento de las obligaciones de pago, la Provincia autorizará de manera irrevocable a la Nación a instruir al Banco Nación para retener fondos correspondientes a la Coparticipación Federal de Impuestos, o al régimen que eventualmente la sustituya, hasta cubrir los montos necesarios.
Si esos recursos no fueran suficientes y el Gobierno nacional tuviera que desembolsar fondos para completar el pago al BID, el contrato establece que Nación podrá recuperar posteriormente esas sumas mediante la coparticipación provincial, con el interés previsto en el propio contrato de préstamo.
La Provincia también deberá proporcionar información sobre la ejecución física y financiera del programa, así como sobre su situación fiscal y de endeudamiento. El registro contable y financiero se realizará mediante el Sistema de Gestión de Unidades Ejecutoras de Préstamos Externos (UEPEX), o el sistema que eventualmente lo reemplace.
PUBLICIDAD
Además, cualquier modificación o ampliación de las disposiciones del contrato de préstamo deberá contar con la conformidad del garante. La Provincia también tendrá que informar sobre el cumplimiento de las condiciones previas al primer desembolso, eventuales prórrogas y modificaciones en las fechas de pago.
El decreto facultó al ministro de Economía, a los funcionarios que este designe y al secretario de Finanzas para suscribir los contratos. También habilitó modificaciones posteriores siempre que no alteren sustancialmente el objeto de la garantía, el destino de los fondos, el monto del financiamiento o el procedimiento arbitral establecido.