
El Mides de Guatemala reformó el reglamento del programa de transporte gratuito para personas adultas mayores y permitirá que las empresas corrijan errores u omisiones en sus expedientes antes de quedar fuera del proceso.
La medida, formalizada mediante el Acuerdo Ministerial DS-121-2026, busca ampliar la participación de transportistas habilitados para recibir la compensación estatal por brindar el servicio sin costo.
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La modificación fue firmada el 4 de septiembre de 2026 y cambia varios artículos del reglamento aprobado previamente en el Acuerdo Ministerial DS-39-2026. Las disposiciones anteriores que no fueron modificadas mantienen plena vigencia.
El nuevo marco fija el 31 de octubre de 2026 como fecha límite para que los transportistas interesados concluyan el proceso de habilitación. Las empresas deberán cumplir los requisitos administrativos y financieros previstos para ingresar al esquema de compensación.

Los expedientes con fallas documentales ya no serán descartados de manera definitiva desde la primera revisión. Los operadores podrán subsanar y completar la información requerida dentro del plazo establecido, lo que permitirá continuar el análisis de sus solicitudes.
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La reforma apunta a que más empresas de transporte culminen el trámite necesario para ser reconocidas como receptoras de los pagos estatales. Esa habilitación es la condición para que puedan cobrar por los viajes gratuitos realizados por personas adultas mayores.
El Ministerio de Desarrollo Social también precisó cómo deberán presentarse los reportes de servicio. Cada receptor de la compensación tendrá que entregar la información durante los primeros cinco días hábiles del mes siguiente al período informado.
Los datos no serán acumulativos. La cartera validará únicamente los servicios correspondientes al mes inmediato anterior, por lo que los registros de períodos previos que se presenten fuera de ese margen no serán considerados para calcular el pago.
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Diciembre tendrá un calendario diferente debido al cierre del ejercicio fiscal. El primer reporte deberá entregarse como máximo el 18 de diciembre de 2026 e incluirá los servicios prestados entre el uno y el 17 de ese mes.
La segunda entrega abarcará los 14 días restantes de diciembre. Con esa división, el Mides mantendrá el registro y la validación de los viajes realizados al final del año sin modificar el sistema de compensación vigente.
El programa regulado por el Ministerio de Desarrollo Social funciona por separado del Programa de Aporte Económico del Adulto Mayor, administrado por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Este último entrega 500 quetzales mensuales a personas de 65 años o más que viven en pobreza extrema, no reciben una pensión y no trabajan para el Estado ni para empresas privadas.
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El beneficio económico, conocido como PAM, tiene requisitos y una entidad responsable distintos de los establecidos para la gratuidad del transporte. Mientras el primer programa transfiere dinero a personas que cumplen las condiciones socioeconómicas fijadas, el segundo compensa a los transportistas que prestan el servicio gratuito.
El padrón del PAM creció 72,1% durante la actual administración, al pasar de 172.743 beneficiarios al inicio del gobierno a 297.272 adultos mayores registrados, de acuerdo con cifras difundidas por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social en agosto. El aumento incorporó a 124.529 personas al registro del programa.
Hasta el 31 de julio de 2026, el PAM había ejecutado 1.057,46 millones de quetzales, equivalentes al 59,3% de su presupuesto anual. Los recursos totales asignados para ese año ascienden a 1.781,99 millones de quetzales.
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Los dos mecanismos integran la red de beneficios sociales destinada a la población adulta mayor en Guatemala.
El transporte gratuito depende de la participación de empresas habilitadas por el Mides, mientras que el aporte mensual queda sujeto a las condiciones de pobreza extrema, edad, ausencia de pensión y situación laboral definidas por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social.