¿Cómo ha llegado la familia desahuciada de Vitoria a cobrar hasta 2.453 euros en ayudas sociales?

2026/10/27

El desahucio de una familia con seis hijos menores en el barrio de Sansomendi, en Vitoria-Gasteiz, ha abierto el debate sobre las ayudas sociales que reciben muchos de los hogares en situación de vulnerabilidad, en especial cuando se trata de inmigrantes. 

Y es que, después de que trascendiera que la unidad familiar percibe alrededor de 2.450 euros mensuales en prestaciones públicas, Santiago Abascal y el alcalde de Badalona, Xavier García Albiol, reclamaron revisar los criterios. "Resulta que unas personas que no tienen que estar en España estaban okupando una vivienda mientras eran mantenidos por el poder público", comentó el líder de Vox durante un mitin el pasado sábado.

Pero ¿de dónde procede ese dinero y qué prestaciones puede recibir una familia de estas características? El sistema contempla distintas ayudas estatales y autonómicas. Según publica El Correo, citando un informe municipal al cual han tenido acceso, la familia cuenta con el Ingreso Mínimo Vital (IMV), la Renta de Garantía de Ingresos (RGI), la Prestación Económica de Vivienda (PEV) y complementos vinculados a la infancia. También se mencionan ayudas de emergencia social y el apoyo del Banco de Alimentos.

Es importante mencionar que no se puede afirmar cuánto percibe exactamente la familia por cada concepto, ni que todas se cobren por su cuantía máxima. Además, Karla Pisano, portavoz del Sindicato Socialista de Vivienda de Euskal Herria, señala en una carta que el dato "es falso", pues se trata de una estimación que el mismo medio hace según las circunstancias de la familia. Aunque acepta que sí reciben ayudas sociales, "como debería cualquier persona que se encuentra en situación de vulnerabilidad".

1. Ingreso Mínimo Vital (IMV)

Es una prestación estatal de la Seguridad Social destinada a garantizar unos ingresos mínimos a las unidades familiares en situación de vulnerabilidad económica. Su cuantía depende del número de integrantes y de los recursos disponibles. En 2026, la renta garantizada para una unidad formada por dos adultos y tres o más menores asciende a 1.613,92 euros mensuales. 

Cabe aclarar que se trata de la referencia máxima, no necesariamente el importe que cobra la familia, ya que se descuentan los ingresos computables. Para acceder es necesario, entre otros requisitos, acreditar residencia legal y efectiva en España durante el año anterior, salvo excepciones, y cumplir los límites de renta y patrimonio. El IMV es compatible con los ingresos procedentes de un empleo y otras prestaciones, siempre que no se superen los umbrales económicos establecidos. 

2. Renta de Garantía de Ingresos (RGI)

Es una prestación económica autonómica gestionada por Lanbide, el Servicio Público Vasco de Empleo, que tiene como objetivo garantizar unos ingresos mínimos a las personas y familias residentes en el País Vasco que no disponen de recursos suficientes para cubrir sus necesidades básicas. Una de sus particularidades es que es compatible con el Ingreso Mínimo Vital; la RGI funciona como un complemento de los ingresos de la unidad de convivencia.

Para calcular cuánto corresponde a cada familia, Lanbide establece una renta máxima garantizada que depende del número de integrantes del hogar. En 2026, la cuantía base se sitúa en 583,07 euros mensuales. A partir de esa cantidad se aplican complementos individuales: un 50% para la persona titular de la prestación, otro 50% para el segundo adulto de la unidad de convivencia y un 30% por cada uno de los restantes miembros.

Respecto a esta prestación, el informe municipal recogido por El Correo constata que la familia estuvo de viaje durante 38 días en el verano de 2026, lo que provocó una penalización de 354,74 euros e interrumpió la búsqueda activa de empleo y vivienda. Lanbide establece que las personas beneficiarias pueden salir de Euskadi durante un máximo de 30 días por año natural. Cuando la ausencia supera ese periodo y afecta a todos los miembros de la unidad de convivencia, puede suspenderse el derecho a la RGI.

3. Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI)

Es una cuantía adicional del Ingreso Mínimo Vital destinada a las unidades de convivencia en las que viven menores de edad. La cantidad se calcula por cada menor y depende de la edad que tenga el 1 de enero del año correspondiente. En 2026, la Seguridad Social establece tres tramos: 115 euros mensuales por cada niño menor de tres años; 80,50 euros para los que tienen entre tres y menos de seis años; y 57,50 euros por cada menor de entre seis y menos de 18 años.

Eso sí, para acceder a esta ayuda, los ingresos del ejercicio anterior deben situarse por debajo del 300% de la renta garantizada que correspondería a la unidad familiar según las reglas del IMV. También se exige que el patrimonio neto no supere el 150% de los límites generales establecidos para esta prestación y que se respete el umbral específico de activos no societarios.

4. Prestación Económica de Vivienda (PEV)

El Gobierno Vasco contempla esta ayuda para las unidades familiares que tienen reconocido el derecho subjetivo de acceso a una vivienda, pero no pueden recibir un alojamiento público por falta de disponibilidad. Puede alcanzar los 300 euros mensuales, sin superar el alquiler del contrato. Entre las condiciones figuran estar inscrito en Etxebide como demandante de alquiler, acreditar residencia en Euskadi y cumplir los límites económicos y patrimoniales establecidos.

5. Ayudas de Emergencia Social (AES) y el Banco de Alimentos

Son prestaciones no periódicas destinadas a cubrir gastos concretos, como alquiler, suministros, alimentación, mobiliario o reparaciones. Pueden ser compatibles con el IMV y la RGI, así como con la PEV cuando no se destinan a pagar el mismo alquiler. Por último, la familia también recibe apoyo del Banco de Alimentos, que proporciona productos para cubrir necesidades alimentarias. Esta asistencia no constituye un ingreso monetario y, por tanto, no debe sumarse como si fuera una transferencia mensual.