Invariabilidad sin sobretasas - La Tercera

2026/08/02

Jorge Quiroz dijo que que Argentina tiene normas de invariabilidad tributaria que no están en Chile.
Comentarios

SEÑOR DIRECTOR:

Chile necesita recuperar la certeza tributaria que durante años contribuyó a atraer inversiones de largo plazo. El antiguo DL 600 permitía garantizar determinadas condiciones mediante contratos celebrados con el Estado. Hoy se propone restablecer un sistema semejante, con distintos plazos según el tamaño de la inversión, pero cobrando una sobretasa permanente de 1,5 puntos porcentuales.

La invariabilidad aumenta el valor presente de los proyectos porque disminuye el riesgo de que las reglas tributarias cambien una vez comprometido el capital. Gracias a ella pueden ejecutarse inversiones que, de otro modo, serían postergadas, reducidas o destinadas a otros países. Cobrar un impuesto adicional disminuye precisamente ese efecto y hará que menos proyectos resulten rentables.

La contraprestación que debe recibir el país no es una sobretasa, sino la inversión misma: actividad productiva, empleos, exportaciones, innovación y mayor recaudación futura.

Podría establecerse una invariabilidad de diez años para inversiones de US$10 millones a US$20 millones; quince años entre US$20 millones y US$50 millones; veinte años entre US$50 millones y US$500 millones, y veinticinco años sobre esa cifra. Esta garantía debería extenderse a inversionistas nacionales y extranjeros y podría renovarse cuando exista una nueva inversión sustancial y se hayan cumplido íntegramente las obligaciones originales.

Chile compite por capitales con Perú, Argentina, Brasil, Uruguay, Australia y otros países que ofrecen estabilidad contractual, incentivos y reglas de largo plazo. No basta con tener buenos proyectos: también debemos ofrecer certeza.

La invariabilidad no constituye un privilegio si se entrega de manera general, transparente y condicionada a la materialización efectiva de la inversión. Es una herramienta para que los proyectos se realicen. Cobrar por ella puede aumentar marginalmente la tasa aplicada, pero reducir la base sobre la cual se recauda.

Jorge Claro Mimica

Ingeniero civil y comercial UC

Más sobre:Certeza tributariaInversionesCobro adicional