Madrid, 16 oct (EFE).- Las llamadas comerciales de las grandes empresas y de las que prestan servicios esenciales deberán identificarse a partir de mañana sábado con el prefijo 400, una nueva numeración que permitirá reconocerlas antes de contestar y que llega acompañada de las peticiones de las organizaciones de consumidores de reforzar los controles y las sanciones para frenar las llamadas no deseadas.
La nueva numeración, compuesta por nueve cifras y que comienzan por 400, será obligatoria para las llamadas comerciales de las empresas sujetas a la Ley de Servicios de Atención a la Clientela.
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Estas son las que prestan servicios básicos de electricidad, gas, agua, telecomunicaciones, transporte y servicios financieros, así como las grandes compañías con 250 o más trabajadores, más de 50 millones de euros de facturación o más de 43 millones de balance. La ley exceptúa a las pequeñas comercializadoras de luz, gas y telefonía con menos del 5 % de cuota de mercado que no sean grandes empresas.
La medida permitirá a los consumidores identificar una llamada comercial antes de descolgar, pero no podrás devolver la llamada porque estos números solo emitirán llamadas porque la normativa prohíbe que las reciban.
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Las consultas, reclamaciones o averías se atenderán en un teléfono diferenciado del comercial y sin un coste superior al de una llamada ordinaria.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) cree que la nueva numeración aportará transparencia y podrá ayudar a contener el problema del spam telefónico al permitir bloquear las llamadas comerciales por parte de los operadores de telecomunicaciones y de aplicaciones móviles.
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Pero también entiende que no resolverá por sí la cuestión, de ahí que pida la creación de un registro público que permita conocer qué empresa se encuentra detrás de cada número 400 para que así los consumidores puedan comprobar si dieron su consentimiento para recibir llamadas, ejercer su derecho de oposición o presentar reclamaciones.
También ha reclamado sanciones claras y suficientemente disuasorias para las empresas que realicen llamadas sin consentimiento o eludan deliberadamente la obligación de utilizar la nueva numeración.
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OCU ha recordado a los usuarios que esta iniciativa no combatirá directamente las estafas telefónicas, ni las llamadas fraudulentas desde el extranjero o la suplantación de identidad, y por eso les ha instado a mantener la prudencia y no ofrecer ningún dato bancario o código de verificación.
Los consumidores deben saber también que los nuevos contratos que se realicen con llamadas comerciales no consentidas se consideran no válidos y ha recordado que ya desde el pasado 12 de junio está prohibida la contratación telefónica del suministro eléctrico, salvo que el consumidor lo haya solicitado antes o haya iniciado la llamada.
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La Federación de Consumidores y Usuarios CECU ha aplaudido también la medida porque permitirá a los consumidores identificar una llamada de venta antes de descolgar y decidir así si la atienden o no, aunque no pondrá a la molestia que ocasiona recibir numerosas llamadas comerciales.
"Identificar una llamada no impide que se produzca", ha incidido Miguel Crespo, del área jurídica de CECU, quien ha insistido también en que "el 400 te dice quién te llama y para qué, pero no le da a la empresa permiso para hacerlo". Por eso, si no la ha autorizado, debe reclamar.
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La federación ha reclamado sanciones contundentes a las empresas que incumplan la norma y ha instado a España a avanzar hacia un modelo más restrictivo, similar al francés, que prohíbe las llamadas comerciales sin consentimiento previo, salvo determinadas excepciones, y establece límites de horarios y frecuencia. EFE