
La Contraloría General de la República suspendió el concurso para proveer 3.144 cargos de carrera administrativa hasta el 31 de diciembre de 2026, por la orden del Gobierno de aplazar los procesos de selección afectados por la calamidad del 10 de agosto, un terremoto que podría comprometer la igualdad de oportunidades entre los aspirantes.
La interrupción comenzó el jueves 17 de septiembre y el proceso se reanudará el 1 de enero de 2027, desde la misma etapa en la que quedó detenido. Los candidatos ya habían presentado el examen escrito y la entidad analizaba sus antecedentes para asignar los puntajes.
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El calendario inicial contemplaba divulgar los resultados y conocer a los seleccionados a finales de diciembre. Esa previsión quedó aplazada por tres meses y un día, sin que se modificaran las fases ya cumplidas por los postulantes.

La decisión se apoyó en el Decreto Legislativo 1384 del 9 de septiembre de 2026, expedido durante la emergencia económica, social y ecológica. La norma ordenó aplazar hasta el 31 de diciembre de 2026 los procesos de selección para proveer empleos y cargos públicos en todo el territorio nacional.
El decreto estableció que la medida busca preservar la igualdad material, la igualdad de oportunidades y el acceso al empleo estatal basado en el mérito de las personas afectadas por la calamidad. Su artículo séptimo incluyó de forma expresa los concursos de méritos en ese aplazamiento temporal.
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El Consejo Superior de Carrera Administrativa adoptó la suspensión por mayoría durante una sesión extraordinaria celebrada el 17 de septiembre. El organismo evaluó el alcance de la norma sobre el Concurso Abierto de Méritos 2024-2026 que adelantaba la Contraloría General de la República.

La revisión de antecedentes era la etapa en curso cuando se ordenó la pausa. Tras ese análisis, la entidad debía consolidar los puntajes de los participantes y definir quiénes ocuparían las vacantes ofertadas.
En su comunicado, el Consejo explicó que acogió las medidas del Decreto 1384 para salvaguardar “los principios de igualdad, acceso al empleo público y mérito”. También señaló que la determinación responde a los posibles efectos de la calamidad del 10 de agosto sobre quienes participan en el concurso.
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La reanudación del 1 de enero de 2027 no implica abrir un nuevo proceso ni repetir las pruebas ya realizadas: el concurso continuará desde el análisis de antecedentes, la fase que estaba vigente al momento de la suspensión.

El Gobierno de Abelardo de la Espriella aplazó los concursos de mérito y otros procesos de selección en Colombia hasta el 31 de diciembre de 2026, con el fin de evitar que el terremoto y la emergencia económica, social y ecológica afecten la igualdad de oportunidades para acceder al empleo público.
La medida no detiene automáticamente todas las convocatorias. Cada entidad deberá analizar si sus etapas pueden realizarse sin perjudicar a quienes viven, residen o resultaron directamente afectados en las zonas incluidas en la declaratoria de emergencia.
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El Decreto 1384 de 2026 cobija los procesos para proveer empleos públicos, seleccionar particulares que ejercerán funciones públicas y conformar ternas para designar directores o gerentes regionales o seccionales de determinados establecimientos públicos nacionales.
Los concursos podrán continuar si la entidad responsable determina, mediante un acto administrativo motivado, que una etapa específica no limita la participación en condiciones de igualdad de las personas alcanzadas por la emergencia. Esa exigencia también regirá para las nuevas convocatorias que pretendan abrirse durante este período.
La decisión deberá explicar por qué el proceso puede avanzar o por qué requiere una interrupción. No será posible cambiar un cronograma de forma discrecional: las autoridades tendrán que fundamentar la medida y precisar las condiciones para retomar las actuaciones aplazadas.
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La Comisión Nacional del Servicio Civil podrá suspender o aplazar la aplicación de pruebas y otras fases de los procesos ya en curso cuando su realización amenace los derechos de los participantes afectados. Sus decisiones deberán respetar los principios de publicidad, igualdad y mérito, además de los derechos adquiridos y las situaciones jurídicas consolidadas.
Las actuaciones desarrolladas válidamente antes de la entrada en vigencia del decreto conservarán todos sus efectos. Los aspirantes no tendrán que reiniciar un concurso ni repetir las etapas que hayan superado conforme a las reglas vigentes antes del aplazamiento.
Las reglas también alcanzan la conformación de ternas para designar directores o gerentes regionales o seccionales de establecimientos públicos de la Rama Ejecutiva nacional. Si se produce una vacancia absoluta en departamentos incluidos en la emergencia, los directores nacionales deberán enviar una terna al gobernador correspondiente para efectuar la designación.
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Cuando ese mecanismo no pueda aplicarse, la vacante podrá cubrirse mediante encargo, conforme a las disposiciones del decreto.