Publicidad
22 de julio, 2026 - 18h00
A más de la suspensión de actividades políticas y electorales por los siguientes nueve meses, el Movimiento Acción Movilizadora Independiente Generando Oportunidades (Amigo), lista 16, no cuenta con un representante legal para impugnar decisiones de la Función Electoral.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) certificó que el director ejecutivo nacional del movimiento Amigo, Francisco Loor Pisco, consta también como “directivo” del movimiento provincial Sí Podemos lista 72, de Manabí, desde el 2023.
Esto configura la “falta de legitimación activa” para ejercer la representación legal ante un órgano jurisdiccional, según un auto de sustanciación emitido por el juez electoral, Patricio Maldonado Benítez, quien suspendió a esta agrupación por nueve meses, atendiendo un pedido del fiscal subrogante, Carlos Alarcón.
Publicidad
En el marco de las elecciones seccionales del 29 de noviembre, Amigo acogió a los precandidatos del movimiento correísta Revolución Ciudadana (RC), lista 5, ya que también está suspendido desde marzo pasado.
A estas dos organizaciones políticas la Fiscalía las investiga al sospecharse de un delito de lavado de activos.
Para revertir la suspensión de Amigo, Francisco Loor recusó al juez Maldonado.
Publicidad
Publicidad
Sin embargo, este 22 de julio de 2026, el magistrado negó el recurso debido a que el accionante no cuenta con legitimación activa.
De un oficio enviado por el CNE al Tribunal, se “desprende un hecho registral importante: el ciudadano Francisco David Loor Pisco consta formalmente inscrito en la directiva de la organización política Amigo lista 16 y simultáneamente, en la directiva de la organización política movimiento Sí Podemos", exalta el magistrado en su auto.
Agrega que Loor “fue registrado como directivo en el movimiento Sí Podemos, lista 72, mediante resolución n.° 70-DPEM-JEYF-28-06-2023-OP de 28 de junio de 2023. Por su parte, consta que el 2 de diciembre de 2025, se actualizó el Registro Único de Contribuyente, incluyendo al mismo peticionario, Francisco David Loor Pisco, como representante legal de Amigo”.
Por tanto, “la coexistencia de puestos directivos en distintas organizaciones políticas genera como consecuencia, lo que en la teoría procesal se denomina falta de legitimación, presupuesto procesal relacionado con la capacidad procesal y la debida representación legal con la que un sujeto comparece ante el órgano jurisdiccional para actuar”, se explica.
El 17 de julio de 2026, el juez Patricio Maldonado admitió a trámite una denuncia presentada por el fiscal Carlos Alarcón, que se sustentó en un procedimiento de carácter reservado, pero que se relacionaría con un posible delito de lavado de activos.
Por ello, dispuso la suspensión provisional por un plazo de nueve meses, lo que impide que esta organización pueda realizar actividades políticas y electorales, como postular candidatos para los comicios seccionales del 29 de noviembre. (I)
Publicidad