La Cámara Nacional en lo Civil rechazó este viernes una apelación del Gobierno Nacional y cerró así el camino para llegar hasta la Corte Suprema de Justicia en el intento por revertir el respaldo judicial que se dio a la mudanza de la sede social de la AFA a Pilar.
“No existe cuestión federal que autorice la habilitación de la instancia extraordinaria”, concluyeron los camaristas Gabriel Rolleri, Maximiliano Caia y Juan Manuel Converset en la resolución a la que accedió Infobae.
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El Estado Nacional apeló la decisión tomada el 18 de junio pasado por estos mismos magistrados que otorgaron validez a la mudanza resuelta en Asamblea en la AFA, anularon decisiones de la Inspección General de Justicia (IGJ) y dejaron bajo la órbita de la provincia de Buenos Aires el control de la Asociación del Fútbol Argentino. También se dejó ese día sin efecto la decisión de enviar veedores por 180 días a la entidad madre del fútbol argentino. Ante el rechazo del recurso, sólo quedará ahora ir en queja directa al máximo tribunal del país.
La sala D del Tribunal de Apelaciones concluyó que su decisión en respaldo del cambio de sede social desde la calle Viamonte en CABA a Pilar resuelto en asamblea por la entidad que preside Claudio “Chiqui” Tapia “está sostenida en argumentaciones que no pueden considerarse expresiones discrecionales sin correlato con las constancias del expediente, ni constituyen un apartamiento inequívoco de la solución normativa prevista”.
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“No surgen desaciertos que permitan tacharla de arbitraria o afirmar que ha sido emitida sobre la base de la mera voluntad de los magistrados votantes”, razones que habilitarían la intervención de la Corte, concluyeron los jueces al rechazar el recurso extraordinario que presentaron la Inspección General de Justicia y el Estado Nacional.
En la misma sintonía, la AFA había reclamado que no se concediera la apelación al Estado Nacional ante la inexistencia de “cuestión federal alguna que habilite la competencia excepcional de la CSJN”. Además sostuvo que la apelación no plantea un tema constitucional sino una discrepancia con un fallo adverso sobre “cuestiones de hecho, prueba, derecho común y derecho administrativo”.
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La AFA aseguró que la acusación referida a que el traslado fue “absolutamente simulado” y constituyó un caso de “fraude y abuso del derecho” carece de sustento. También sostuvo que, una vez inscripto el cambio de jurisdicción por parte de la autoridad bonaerense, el control permanente sobre la entidad quedó radicado en la provincia de Buenos Aires y ya no en la órbita nacional.
La discusión de fondo gira alrededor del cambio de domicilio de la entidad desde su histórica sede de la calle Viamonte, en la ciudad de Buenos Aires, hacia un inmueble ubicado en Pilar. Ese traslado fue aprobado por unanimidad en la Asamblea General del 17 de octubre de 2024 y luego inscripto por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas bonaerense. La Cámara Nacional en lo Civil entendió que el control de legalidad de la Asociación pasó a la provincia de Buenos Aires.
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Al apelar, el Estado nacional planteó que el fallo que avaló la mudanza convalidó “un domicilio provincial por encima de la realidad fáctica constatada por los inspectores del Estado” y cuestionó que se haya aceptado el traslado pese a la “inexistencia de oficinas reales de administración de la AFA en Pilar, al momento de la fiscalización”.

El fallo que dio por cancelada la inscripción en el Registro Público a cargo de la Inspección General de Justicia y declaró la nulidad de la designación de veedores “genera un grave precedente que debilita el poder de policía de todas las personas jurídicas en la República Argentina, instalando un sistema de competencia asimétrica entre agencias estatales y propiciando la impunidad fiscalizadora a través de la relocalización de domicilios de fantasía”, advirtió la apelación de la IGJ y el Ministerio de Justicia de la Nación. Se buscaba que la Corte Suprema revoque esa sentencia.
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