
Publicado el 09 de agosto, 2026 • 12:02
Publicado el 09 de agosto, 2026 • 12:02
El 12 de agosto es el comienzo de una nueva etapa para los envases que utilizamos a diario. El Reglamento europeo de envases y residuos de envases empieza a aplicarse con carácter general y establece un calendario de cambios que irá modificando desde los recipientes de comida para llevar hasta las monodosis de los restaurantes, el etiquetado de los residuos o los embalajes de las compras por internet.
Eso sí, hay un detalle importante: no todas las medidas empiezan a aplicarse el 12 de agosto de 2026. El nuevo reglamento establece diferentes fechas y periodos transitorios, por lo que algunos cambios no serán visibles hasta 2027, 2028 o incluso 2030. Entre las primeras obligaciones destaca la limitación de determinadas sustancias PFAS en los envases destinados a estar en contacto con alimentos.
La norma europea quiere reducir la cantidad de residuos generados y conseguir que los envases que llegan al mercado puedan reciclarse realmente.
¿Qué cambia desde ya?
Una de las primeras modificaciones que puede tener consecuencias para los consumidores está relacionada con los PFAS, un amplio grupo de sustancias químicas conocidas por su elevada persistencia en el medio ambiente. Estas sustancias se han utilizado en determinados materiales para aportar resistencia frente al agua o la grasa, por lo que pueden aparecer en algunos envases y envoltorios utilizados para alimentos preparados o comida para llevar.
A partir del 12 de agosto de este año, los envases destinados a entrar en contacto con alimentos no podrán superar determinados límites de PFAS establecidos por la normativa europea. La restricción se aplica a los nuevos envases afectados por la norma, mientras que los productos comercializados antes de esa fecha pueden quedar sujetos a las disposiciones transitorias correspondientes.
El Reglamento (UE) 2025/40 establece además que los envases deberán avanzar hacia una reciclabilidad efectiva. No bastará, por tanto, con que un fabricante pueda afirmar que un determinado material es técnicamente reciclable: será necesario que pueda recogerse, clasificarse y procesarse de manera adecuada.
Fechas con cambios
- 12 de febrero de 2027: Los establecimientos de hostelería y restauración que vendan comida o bebida para llevar tendrán que permitir que el cliente utilice su propio recipiente. No podrán cobrar un suplemento ni imponer condiciones menos favorables por hacerlo.
- 12 de febrero de 2028: Llegará otra novedad relacionada con la reutilización. Los establecimientos deberán ofrecer también la posibilidad de servir comida y bebida en envases reutilizables dentro de sistemas destinados a ese fin.
- Ese mismo año comenzarán otras medidas relevantes. Determinados formatos, como algunas bolsitas de té, monodosis de café y bebidas similares o las etiquetas adhesivas de frutas y hortalizas, tendrán que cumplir requisitos de compostabilidad.
- También está previsto que los envases incorporen un sistema de etiquetado europeo armonizado que permita identificar mejor los materiales y saber dónde deben depositarse. La previsión es que esta obligación se aplique a partir del 12 de agosto de 2028, aunque la fecha puede variar en función de la aprobación del acto europeo que concrete sus características.
Los envases podrán incorporar además códigos QR con información complementaria sobre composición, reutilización y reciclaje.
Fin de la monodosis y embalajes
El cambio más visible para muchos consumidores llegará el 2 de enero de 2030, cuando restaurantes y cafeterías tendrán restringido el uso de determinados envases individuales de una dosis para productos como kétchup, mayonesa, azúcar, leche, aceite, vinagre o determinados aliños.
La intención es sustituir progresivamente esas pequeñas dosis por alternativas reutilizables o sistemas que generen menos residuos. Existen, eso sí, excepciones vinculadas a cuestiones de higiene, seguridad o determinados servicios de comida para llevar.
Los hoteles también tendrán que adaptarse. Los pequeños envases desechables de champú, gel, jabón y otros productos de aseo deberán desaparecer progresivamente de determinados establecimientos para dar paso a dispensadores u opciones recargables.
La normativa también busca acabar con cajas desproporcionadamente grandes, dobles fondos y otros formatos que utilizan mucho más material del necesario. En el comercio electrónico la regla será especialmente relevante: como norma general, el espacio vacío de los embalajes agrupados, de transporte y de comercio electrónico no podrá superar el 50 %.
También se restringirán determinadas bolsas de plástico muy ligeras utilizadas para frutas y verduras y determinados envases de un solo uso empleados para muestras gratuitas, marketing o simplemente por comodidad cuando no exista una función necesaria que justifique su utilización.
Por tanto, el 12 de agosto no significa que de repente desaparezcan todos estos productos de los supermercados, restaurantes u hoteles. Es el comienzo de un proceso regulatorio que se prolongará durante varios años.
Preguntas frecuentes sobre la nueva ley de envases
¿Cuándo desaparecerán las monodosis de kétchup, mayonesa o azúcar en los restaurantes?
A partir del 2 de enero de 2030.
¿Podré llevar mi propio táper al restaurante a partir del 12 de agosto?
Será a partir del 12 de agosto de 2027.
¿Qué va a pasar con los botes pequeños de champú y gel en los hoteles?
Deberán desaparecer progresivamente.