
Vender un carro sin hacer el traspaso oficial de propiedad puede convertirse en un problema legal y financiero para quien aparece como dueño en los registros. En Bogotá, la Secretaría Distrital de Movilidad volvió a llamar la atención sobre este trámite, luego del caso del Chevrolet Spark azul que fue captado subiendo a un puente peatonal en julio pasado.
De acuerdo con la información publicada por El Tiempo, las autoridades lograron identificar las placas del vehículo y, con ellas, al propietario registrado para imponer el comparendo correspondiente. Sin embargo, el hombre, residente en Zipaquirá, aseguró que había vendido el carro cuatro meses antes y que el verdadero infractor sería la persona que lo compró.
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El problema fue que la compraventa no quedó formalizada mediante el traspaso ante el Registro Único Nacional de Tránsito, RUNT. Por eso, aunque el antiguo dueño dijo que ya no tenía el vehículo, seguía apareciendo como propietario legal y podía responder por lo que ocurriera con el automotor.
El alcalde Carlos Fernando Galán explicó en su momento que, si bien el propietario manifestó que el vehículo había sido vendido, al no haberse hecho el traspaso todavía figuraba como responsable. También señaló que quien habría comprado y conducido el carro ya estaba identificado y sería sancionado.

La Secretaría de Movilidad insistió en que firmar un contrato de compraventa no basta para desligarse de las responsabilidades asociadas al vehículo. Mientras el traspaso no quede registrado oficialmente en el RUNT, la persona que aparece como propietaria continuará respondiendo ante la ley.
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Esto puede generar consecuencias por comparendos, impuestos pendientes, embargos, accidentes de tránsito o incluso investigaciones si el vehículo aparece vinculado a un hecho delictivo. Por eso, la entidad pidió a vendedores y compradores formalizar el trámite tan pronto se concrete la negociación.
El procedimiento se realiza en cualquiera de las 19 sedes de la Ventanilla Única de Servicios de Bogotá, con cita previa y sin intermediarios. La finalidad es actualizar la propiedad del vehículo y dejar claro quién asume desde ese momento las obligaciones legales, tributarias y de tránsito.
Para adelantar el trámite, tanto vendedor como comprador deben estar inscritos en el RUNT. Si el proceso lo hace un tercero, esa persona también debe estar registrada. Además, el vehículo debe estar matriculado en Bogotá, contar con SOAT y revisión técnico-mecánica vigentes, y las partes deben estar a paz y salvo por multas de tránsito a nivel nacional.
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También se exige el paz y salvo del impuesto del vehículo. Cuando una de las partes es persona jurídica, se verifica el Certificado de Existencia y Representación Legal en el sistema del Registro Único Empresarial y Social, RUES.
Entre los documentos que se deben presentar está el formulario de solicitud de trámite del Registro Nacional Automotor, debidamente diligenciado. También se requiere el contrato de compraventa o documento que demuestre la transferencia del derecho de dominio, con las improntas o certificación correspondiente de los números de identificación del vehículo, como motor, serie, chasis o VIN.

Las improntas deben ir adheridas al final o al reverso del contrato o documento de transferencia. Si son de difícil acceso, se puede presentar certificación expedida por la DIJIN. Además, se debe aportar el recibo de pago de la retención en la fuente y cancelar la tarifa del trámite en el banco autorizado ubicado en los puntos de atención.
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Para hacer el procedimiento, las partes deben pedir cita en la página de la Ventanilla de Movilidad, en la opción “Agenda tu cita”, y luego acudir al punto seleccionado en la fecha y hora asignadas con todos los documentos.
Las tarifas vigentes para 2026 son de $260.400 para carro, más el 1 % sobre el avalúo como retefuente comercial, y $145.500 para moto, también con la retefuente del 1 % sobre el avalúo. La Secretaría recordó que la cita es gratuita y que el trámite debe hacerse sin intermediarios para evitar costos adicionales o riesgos de fraude.
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