Catalejo
El TSE ha caído en la trampa de judicializar sus decisiones y rendirse ante las presiones presentes en la época.


La judicialización, según los diccionarios de la Lengua Española y Panhispánico Jurídico, significa “llevar por la vía judicial un asunto que podría conducirse por otra vía, generalmente política”. Esto viene al caso mencionarlo por las declaraciones de Pablo Portocarrero, secretario en funciones del Tribunal Supremo Electoral, por tanto autoridad máxima de todo lo relacionado con los comicios nacionales, y también porque a mi juicio hay una interpretación demasiado amplia. La libre emisión del pensamiento es un derecho humano y está específicamente señalado en el texto constitucional, pero cuando lo emplea alguien para hacerse autopromoción tácita cuando no es permitida la propaganda electoral, de hecho lo es, con el agregado de burlar al TSE.
Nunca se había hecho este análisis, y la propaganda era castigada con el rechazo a la participación electoral, según la ley del TSE. Por su parte, Jahir Dabroy, analista de Asíes, sugiere aclarar el significado de propaganda para no limitar la libre emisión del pensamiento. Esto es sencillo: cuando hay duda del significado de un término, debe recurrirse al Diccionario de la Lengua Española, autoridad máxima de nuestra lengua oficial, según la ley guatemalteca. Propaganda es “dar a conocer algo con el fin de atraer adeptos o compradores”. No se menciona específicamente un fin político, pero adepto es “persona que apoya, sigue o pertenece a una causa, idea, partido o ideología”. Por eso, el TSE puede actuar de oficio, como lo ha hecho en otras ocasiones.
Otro nuevo factor es definir medio de comunicación, sobre todo tomando en cuenta la creciente plaga de opiniones en las redes sociales. Algunos analistas se han dado cuenta de otro aspecto: el derecho de emisión del pensamiento produce opiniones, pero estas son válidas si reflejan el criterio de conocedores y por ello son adecuadas, sólidas, basadas en conocimiento, estudios o experiencias personales. Las provenientes de desconocedores de algún tema se convierten en ejemplos del derecho de emitir un pensamiento y pueden tener las características anteriores. Pero en el caso de personas, casi siempre espontáneas, sin meditaciones de sus efectos y relación con la ilegalidad, estas opiniones entran en el grupo de textos o discursos individuales, nada más.
Las frases de propaganda muchas veces están ocultas en textos aparentemente simples, sin ninguna intención. Por ejemplo, “con ella estaríamos mejor” o “lo bueno llegará pronto”. Su motivo es sembrar o afianzar alguna idea política y esto se evidencia por la época en la cual ocurren, porque la primera vuelta de la elección de 2027 será el 27 de junio, una fecha situada a 9 meses más 21 días. A causa de esto, comienza a ser de interés ciudadano conocer quién financia, pues no se justifica ocultarse por realizar algo legal, además de hacer público el lugar y fecha de las asambleas partidistas, así como la cantidad de asistentes. El traslado de supuestos simpatizantes, conocidos popularmente como “acarreados” es una de las más importantes fuentes de uso de fondos.
Las acciones cuyo fin es burlar el espíritu de la ley porque no están especificadas en un texto legal, al ser admitidas convierten en cómplices a quienes las aceptan. La única manera de permitirlas es eliminar esa prohibición y aguantar las consecuencias. Pero por lo visto, el TSE se ha colocado en el bando de quienes no realizan sus acciones permitidas. Las redes sociales lo son, por su efecto multiplicador de lo allí expresado, aunque sean cobardes a causa de su anonimato.
Lapsus. El periodista Sonny Figueroa pagó una fianza al día siguiente de ser capturado, y quedó libre. El motivo era realmente encarcelarlo por una noche y con ello lograr la autocensura de él y de otros críticos del gobierno. No deja de sembrar un preocupante precedente.
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