US$3,000 para salir voluntariamente de EE.UU.: qué se sabe del plan del DHS para menores inmigrantes

2026/10/24

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) está ofreciendo US$3,000 a ciertos menores inmigrantes no acompañados que acepten salir voluntariamente de Estados Unidos. Sin embargo, la propuesta no está disponible para todos y aceptarla puede tener consecuencias para sus solicitudes de protección migratoria. Antes de tomar una decisión, te explicamos qué se sabe del plan, cómo se gestiona la salida y qué deben tener en cuenta los menores y sus familias.

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Aceptar los US$3,000 no es solo una decisión económica: también puede tener consecuencias en el caso migratorio (Foto: Imagen creada por El Comercio MAG usando Gemini)

Aceptar los US$3,000 no es solo una decisión económica: también puede tener consecuencias en el caso migratorio (Foto: Imagen creada por El Comercio MAG usando Gemini)

MENORES INMIGRANTES Y SALIDA VOLUNTARIA

El ofrecimiento económico del DHS a determinados menores inmigrantes no acompañados por autodeportarse no se trata de una ayuda disponible automáticamente para cualquier niño. El procedimiento depende de la situación migratoria y judicial del menor.

La distinción más importante es esta: un menor no acompañado que enfrenta un proceso ante un tribunal no debe confundirse con un niño que viaja con sus padres mediante CBP Home. En los casos judiciales reportados, la oferta se tramita a través de abogados del gobierno y del tribunal, no simplemente mediante una inscripción individual del niño en una aplicación, precisa el sitio web del DHS.

¿En qué consiste la oferta de US$3,000?

Según un funcionario del DHS citado por ABC News el 13 de octubre de 2026, el incentivo de US$3,000 está dirigido a menores no acompañados que:

Esta nueva cifra supone un aumento de US$500 respecto de los US$2,500 ofrecidos el año anterior. Un proveedor de servicios legales indicó al mismo medio que las nuevas ofertas comenzaron a realizarse a principios de octubre.

No obstante, Bloomberg Law –en una publicación del 9 de octubre– informó sobre las quejas de organizaciones jurídicas afirmando que abogados de ICE estaban ofreciendo el incentivo a niños de apenas cinco años que enfrentaban procesos migratorios.

“Básicamente, les están pidiendo a los niños que tomen una decisión en el acto sobre algo de suma importancia, como renunciar a su derecho a solicitar asilo o a recibir otro tipo de ayuda humanitaria a cambio de 3000 dólares. Puede que no comprendan cuáles serán las consecuencias a largo plazo”, dijo Shaina Aber, directora ejecutiva del Centro Acacia para la Justicia.

Abogados y organizaciones cuestionan las ofertas a niños pequeños y advierten sobre sus posibles consecuencias (Foto: Imagen creada por El Comercio MAG usando Gemini)

Abogados y organizaciones cuestionan las ofertas a niños pequeños y advierten sobre sus posibles consecuencias (Foto: Imagen creada por El Comercio MAG usando Gemini)

¿CÓMO PUEDE UN MENOR PEDIR LA SALIDA VOLUNTARIA?

SI TIENE UN CASO ABIERTO EN UN TRIBUNAL DE INMIGRACIÓN

La Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR) explica que la salida voluntaria se solicita al juez de inmigración y que el solicitante debe presentar pruebas de que cumple los requisitos. La autorización es discrecional: pedirla no significa que vaya a concederse.

En los casos de menores vinculados con el incentivo, Bloomberg Law reportó que:

En todo caso, el recorrido prudente para una familia, patrocinador o representante es:

1. Primero, consultar con un abogado de inmigración que represente al menor para revisar si existen opciones de asilo u otras protecciones antes de renunciar a ellas.

2. Confirmar con ese profesional si el niño es elegible para la oferta económica y qué condiciones específicas plantea el gobierno. No debe darse por hecho que la autorización judicial garantiza el incentivo.

3. Presentar la solicitud y las pruebas ante el juez cuando corresponda. Si ya se inició el proceso judicial, la salida voluntaria debe ser concedida por el tribunal, no únicamente acordada informalmente con ICE.

4. Revisar la orden y las condiciones del viaje, incluidos el plazo para salir y las obligaciones económicas que se hayan impuesto.

SI ESTÁ BAJO CUSTODIA GUBERNAMENTAL

La normativa sobre menores bajo custodia del DHS establece que deben recibir el Formulario I-770, un aviso de derechos que debe entregarse, leerse o explicarse en un idioma y de una manera que comprendan. Incluye la posibilidad de llamar a un padre, familiar cercano o amigo. Este documento no es, por sí mismo, una solicitud del incentivo económico, señala en su sitio web Cornell Law School.

También existen reglas de notificación a los padres cuando un menor solicita la salida voluntaria, las cuales están sujetas a condiciones y excepciones, entre ellas la seguridad y el bienestar del niño.

¿LA AUTODERPOTACIÓN DE UN MENOR SE SOLICITA MEDIANTE CBP HOME?

Hay dos situaciones que debes tener presente:

Menores no acompañados con procesos judiciales

Los reportes sobre los US$3,000 describen ofertas hechas por abogados de ICE o explicadas en tribunales. No establecen que el niño deba registrarse solo en CBP Home para acceder a ese incentivo, indica Blomberg Law.

Menores que salen con sus padres o tutores

Según las condiciones de CBP Home, los menores que viajen acompañados deben registrarse después de un adulto y con la misma cuenta de correo electrónico para acceder a los beneficios del programa. Además, se requieren verificaciones de identidad y situación migratoria, así como una carta de consentimiento notarizada del padre o tutor que no viaje con ellos. Estas reglas no se aplican automáticamente al procedimiento judicial de un menor no acompañado.

¿QUÉ IMPLICA ACEPTAR LA SALIDA VOLUNTARIA?

La salida voluntaria es una figura migratoria con requisitos y consecuencias jurídicas; por lo tanto, no consiste únicamente en aceptar dinero y un pasaje. La EOIR distingue dos modalidades generales:

ModalidadMomento y condiciones generales
Antes de que concluya el procesoGeneralmente exige admitir que la persona puede ser expulsada, retirar solicitudes pendientes de protección y renunciar a la apelación. El juez puede conceder hasta 120 días para salir.
Al concluir el procesoTiene requisitos adicionales, entre ellos determinados periodos de presencia física y buena conducta moral, medios e intención de salir y una fianza mínima de US$500. El plazo puede ser de hasta 60 días.
SOBRE EL AUTOR
Judith Vicente

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Periodista con más de 15 años de experiencia, redacto información de interés general para la población latina en Estados Unidos como inmigración, Seguro Social, economía y finanzas personales, salud, educación, vivienda, derechos civiles, clima, vida cotidiana, entre otros. Asimismo, escribo sobre series, películas, celebridades y cultura pop.